Consecuencias derivadas del incumplimiento
- El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos termina por las siguientes causas:
- Si el Asegurado muere o se pensiona.
- Cuando el Asegurado cumpla 90 años de edad.
- Cuando el crédito amparado por la presente póliza termine por cualquier causa.
- Cuando el Asegurado cancele el seguro.
- Si el asegurado recibe el pago de un amparo de incapacidad total y permanente que ampara el mismo crédito objeto de la presente póliza.
Contratos y reglamentos
- Clientes que adquirieron la póliza antes del 29 de octubre del 2019.
- Créditos de Consumo, Créditos de Vehículo Particular y Créditos Hipotecarios/Leasing Habitacional Clausulado (DS-003).
- Créditos Hipotecarios/Leasing Habitacional y Vehículos Particulares.
- Anexo Gastos Protegidos Clausulado (DS-008).
- Clientes que adquirieron la póliza después del 29 de octubre del 2019.
- Créditos de Consumo, Créditos de Vehículo Particular y Créditos Hipotecarios/Leasing HabitacionalClausulado (DS-020).
- Créditos Hipotecarios/Leasing Habitacional y Vehículos particulares.
Anexo Gastos Protegidos Clausulado (DS-024).
Fecha de actualización: 1 de abril de 2022.
- Clientes que adquirieron la póliza después del 10 de julio del 2025.
- Créditos de Consumo, Créditos de Vehículo Particular y Créditos Hipotecarios/Leasing Habitacional Clausulado (DS020).
- Créditos Hipotecarios/Leasing Habitacional y Vehículos particulares.
Anexo Gastos Protegidos Clausulado. (DS-024).
Fecha de actualización: 10 de julio de 2025.
Características
- El máximo de cuotas depende de la línea de crédito del cliente, así:
- CrediExpress Fijo: 6 cuotas hasta de $5.0000.000 por cuota.
- CrediExpress Fijo Libranza: 6 cuotas hasta de $5.0000.000 por cuota.
- Crédito móvil: 6 cuotas hasta de $5.0000.000 por cuota.
- Crédito de vehículo: 4 cuotas hasta de $5.0000.000 por cuota.
- Crédito Hipotecario/ Leasing Habitacional: 4 Cuotas hasta de $5.000.000 por cuota.
- Este seguro tiene un periodo de carencia, esto quiere decir que se cubrirán los eventos de desempleo o incapacidad ocurridos luego de 30 días de inicio de vigencia del seguro.
Nota: Este seguro no hace parte de los requisitos exigidos por Davivienda para el otorgamiento de un crédito. Si adquirió su crédito con tasa preferencial por haber tomado el Seguro de Protección de pagos, lo invitamos a mantenerlo activo durante la vigencia del crédito; para que conserve su tasa y ésta no sea modificada a la tasa sin beneficio vigente en el momento del desembolso. El pago de la prima del Seguro Protección de pagos se realiza con la cuota del crédito, por lo tanto entrar en mora en el pago de la misma llevará a la cancelación del seguro.
- Póliza de Compañía de Seguros Comerciales Bolívar S.A.
Beneficios
- El valor del seguro es mensual.
- Por cada 30 días en estado de desempleo el asegurado tendrá derecho al pago de una cuota de su crédito dependiendo del valor Asegurado.
- Si el Asegurado sufre una incapacidad temporal para poder trabajar, tendrá derecho al pago de una cuota de su crédito por los primeros 15 días en estado de incapacidad y una cuota por cada 30 días adicionales consecutivos.
Coberturas
- Desempleo involuntario.
- Incapacidad temporal.
- Primer Diagnóstico de Enfermedades Graves: Infarto de miocardio, Bypass coronario, Cáncer, Accidente cerebrovascular, Insuficiencia renal crónica, Esclerosis múltiple y trasplante de órganos.
¿Qué no cubre?
- Desempleo Involuntario: Despido con justa causa, periodo de prueba, terminación de contrato y renuncia.
- Incapacidad Temporal: Preexistencias que se manifiesten durante los 6 primeros meses de vigencia del seguro.
- Incapacidades generadas por procedimiento quirúrgico electivo, por tentativa de suicidio, por parto, embarazo normal o interrupción voluntaria del embarazo y sus consecuencias.
Consultar más detalles en el clausulado del seguro.