Consecuencias derivadas del incumplimiento
- El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos termina por las siguientes causas:
- Si el Asegurado muere o se pensiona.
- Cuando el Asegurado cumpla 90 años de edad.
- Cuando el crédito amparado por la presente póliza termine por cualquier causa.
- Cuando el Asegurado cancele el seguro.
- Si el Asegurado recibe el pago de un amparo de incapacidad total y permanente que ampara el mismo crédito objeto de la presente póliza.
Contratos y reglamentos
Clientes que adquirieron la póliza antes del 29 de octubre del 2019
Clientes que adquirieron la póliza después del 11 de junio de 2024.
- Independientes / Militares / Pensionados.
- Fecha de actualización: 27 de diciembre de 2024.
Características
- Si usted es independiente, pensionado o hace parte de FFMM, este seguro lo cubre así:
- Fracturas: Pago de 2 cuotas del crédito para usted en caso de cualquier tipo de fractura accidental.
- Enfermedades Graves: Pago de 12 cuotas por primer diagnóstico de: Infarto de miocardio, Bypass coronario, Cáncer, Accidente cerebrovascular, Insuficiencia renal crónica, Esclerosis múltiple y trasplante de órganos.
- Incapacidad Temporal: Pago de hasta 6 cuotas por una incapacidad mayor a 15 días.
- Hospitalización: Pago de hasta 6 cuotas por una hospitalización mayor a 7 días.
- Gastos Protegidos: Se entregará 20% del valor pagado por hospitalización o incapacidad, que podrá utilizar en su recuperación o en lo que usted necesite.
- Muerte accidental: Pago a sus beneficiarios de ley de $15.000.000 en caso de fallecimiento como consecuencia de un accidente.
- Este seguro tiene un periodo de carencia, esto quiere decir que se cubrirán los eventos de hospitalización, enfermedades graves o incapacidad ocurridos luego de 30 días de inicio de vigencia del seguro
Coberturas
- Hospitalización.
- Incapacidad temporal.
- Fracturas.
- Muerte accidental.
- Enfermedades graves.
¿Qué no cubre?
- Incapacidad Temporal: Preexistencias que se manifiesten durante los 6 primeros meses de vigencia del seguro.
- Incapacidades generadas por procedimiento quirúrgico electivo, por tentativa de suicidio, por parto, embarazo normal o interrupción voluntaria del embarazo y sus consecuencias.
- Consultar más detalles en el clausulado del seguro.
Nota: Este seguro no hace parte de los requisitos exigidos por Davivienda para el otorgamiento de un crédito. Si adquirió su crédito con tasa preferencial por haber tomado el Seguro de Protección de pagos, lo invitamos a mantenerlo activo durante la vigencia del crédito; para que conserve su tasa y ésta no sea modificada a la tasa sin beneficio vigente en el momento del desembolso. El pago de la prima del Seguro Protección de Pagos se realiza con la cuota del crédito, por lo tanto entrar en mora en el pago de la misma llevará a la cancelación del seguro.