Seguro diseñado para proteger el pago de las cuotas de la tarjeta de crédito. También lo acompañamos en momentos como el nacimiento o adopción de un hijo, el matrimonio, un divorcio, en la obtención de un título profesional y en caso de que ocurra la muerte de un integrante del núcleo familiar.
Número máximo de cuotas a indemnizar por evento: 3 cuotas o 6 cuotas dependiendo del plan escogido.
Número total de cuotas a indemnizar: Ilimitadas.
Para momentos de vida se pagará la suma asegurada una vez a la ocurrencia de cada uno de estos eventos durante cada año de la vigencia de la póliza.
Póliza de Compañía de Seguros Comerciales Bolívar S.A.
Este seguro tiene un periodo de carencia, esto quiere decir que se cubrirán los eventos de desempleo o incapacidad ocurridos luego de 30 días de inicio de vigencia del seguro; para los momentos de vida serán 10 meses para nacimiento y 6 meses para los demás eventos.
Beneficios
El valor del seguro es mensual.
Por cada 30 días en estado de desempleo el Asegurado tendrá derecho a pagos a su tarjeta de crédito dependiendo el valor asegurado.
Si el Asegurado sufre una incapacidad temporal para poder trabajar, tendrá derecho a pagos a su tarjeta de crédito dependiendo el valor asegurado por los primeros 15 días en estado de incapacidad y una cuota por cada 30 días adicionales consecutivos.
Anexo momentos de vida: Lo acompañamos en momentos como el nacimiento o adopción de un hijo, el matrimonio, un divorcio, en la obtención de un título profesional y en caso de que ocurra la muerte de un integrante del núcleo familiar. El Asegurado tendrá derecho a un único pago por evento y por vigencia.
Coberturas
Desempleo involuntario.
Incapacidad temporal por accidente o enfermedad.
Momentos de vida.
¿Qué no cubre?
Desempleo Involuntario: Despido con justa causa, periodo de prueba, terminación de contrato y renuncia.
Incapacidad Temporal: Preexistencias que se manifiesten durante los 12 primeros meses de vigencia del seguro.
Incapacidades generadas por procedimiento quirúrgico electivo, por tentativa de suicidio, por parto, embarazo normal o interrupción voluntaria del embarazo y sus consecuencias.
Consultar más detalles en el clausulado del seguro.
Condiciones para acceder al producto
Ser persona natural.
Residir en Colombia.
Tener entre 18 y 75 años.
Tener Tarjeta de Crédito Davivienda.
Empleados con estabilidad laboral con los siguientes tipos de contrato:
Contrato a término indefinido.
Contrato a término fijo superior o igual a 12 meses.
Empleados públicos de libre nombramiento y remoción que lleven laborando mínimo un año.
Contrato de carrera administrativa.
Empleados públicos con nombramiento en provisional.
Canales para acceder al producto
Oficinas del Banco.
App Davivienda Móvil.
Telemercadeo.
Canales para cancelación de producto
Comuníquese al teléfono (601) 312 2122 opción 1/6 en Bogotá, al 01 8000 12 3322 opción 1/6 en el resto del país; o completamente gratis desde su celular al #322 opción 1/6.
Tarifas y costos
El valor de la prima depende del tipo de tarjeta y opción escogida.
Recomendaciones de uso
Para radicar una solicitud de indemnización, por favor consultar el proceso haciendo clic aquí.
El Asegurado es responsable por el pago de las primas.
El Asegurado está obligado a declarar sinceramente de hechos y circunstancias que determinan el estado de riesgo, según el cuestionario que le sea propuesto por La Aseguradora.
Derechos y obligaciones de la aseguradora
La Aseguradora pagará al asegurado o a los beneficiarios, según el caso, la indemnización a la que está obligada por la presente póliza.
Los demás derechos y obligaciones contemplados en el contrato, el cual puede ser revisado en la pestaña de contratos y reglamentos.
Consecuencias derivadas del incumplimiento
El seguro de cualquiera de las personas amparadas por la presente póliza y sus anexos termina por las siguientes causas:
Si el Asegurado muere o se pensiona.
Cuando el Asegurado cumpla 90 años de edad.
Cuando el Asegurado cancele la tarjeta de crédito asegurada.
Cuando el Asegurado cancele el seguro.
Si el Asegurado recibe el pago de un amparo de incapacidad total y permanente que ampara la misma tarjeta objeto de la presente póliza.