Financiación: Hasta el 70% del dinero recaudado en la fiducia de preventas del proyecto inmobiliario.
Plazo: 90 días.
Tasa: La vigente en la fecha del desembolso.
Garantía: Firma de pagaré y carta compromiso de la fiduciaria para la cancelación del crédito.
Condiciones para acceder al producto
Solicitud de crédito
Estados financieros de los 2 últimos años.
Flujo de caja del proyecto.
Licencia de construcción.
Carta de autorización de la constructora para cambio de beneficiario.
Carta de compromiso de la fiduciaria.
Contrato de encargos fiduciarios.
Condiciones para cancelar el producto
Para cancelar el producto, primero debe consultar el saldo de la deuda, esto lo puede hacer a través del Portal Empresarial o directamente con una de nuestras oficinas. Teniendo éste dato puede realizar el pago a través del portal empresarial o en cualquiera de nuestras oficinas a nivel nacional en efectivo o cheque. Si realiza el pago en cheque, debe tener en cuenta que el canje sea exitoso para que el producto quede cancelado.
Canales para cancelar el producto
Portal empresarial.
Oficina de radicación.
Derechos del cliente
Sin perjuicio de los derechos consagrados en otras disposiciones, el cliente tendrá todos los derechos consagrados en la Ley 1328 de 2009.
Obligaciones del cliente
Realizar los pagos conforme a lo acordado.
Actualizar por lo menos una vez al año la información suministrada.
En el evento de no recibir oportunamente el estado de cuenta debe reclamarlo o solicitar la información concerniente a su facturación, sin omitir el pago de sus obligaciones. Cumplir las demás obligaciones contempladas en la Ley 1328 de 2009.
Tarifas y costos
Las tasas de interés son variables, compuestas por el indicador pactado (UVR, IBR, DTF) más un spread determinado por el Banco. Acérquese a una oficina de nuestra red o contacte a su Ejecutivo constructor quien lo asesorará y le cotizará la tasa de su crédito de acuerdo con el plazo solicitado.
El estudio de crédito no tiene ningún costo.
Recomendaciones de uso
Contacte a su Ejecutivo Constructor u oficina quien le brindará asesoría y apoyo en los trámites de solicitud y desembolso.
Podrá realizar las consultas y pagos de crédito a través del Portal Empresarial o de nuestra red de oficinas.
Medidas de seguridad
La Carta de Solicitud de Desembolsos, el Pagaré y la Carta de Instrucciones deben ser firmadas por el representante legal de la empresa o persona con atribuciones según el Certificado de Cámara de Comercio o Acta de Junta de Socios.
Contratos y reglamentos
Consecuencias por el incumplimiento del contrato:
Las consecuencias del incumplimiento estarán contenidas en el reglamento del producto y/o los documentos de crédito que suscriba el cliente.
Obligaciones de las entidades vigiladas, frente al consumidor financiero:
Suministrar información al público respecto de los Defensores del Consumidor Financiero, de acuerdo con lo establecido por la Superintendencia Financiera de Colombia. Entregar el producto o prestar el servicio debidamente. Suministrar información comprensible y publicidad transparente, clara, veraz, oportuna acerca de sus productos y servicios ofrecidos en el mercado. Abstenerse de incurrir en conductas que conlleven abusos contractuales o de convenir cláusulas que puedan afectar el equilibrio del contrato o dar lugar a un abuso de posición dominante contractual. Abstenerse de hacer cobros no pactados o no informados previamente al consumidor financiero. Abstenerse de realizar cobro alguno por concepto de gastos de cobranza prejudicial sin haberse desplegado una actividad real encaminada efectivamente a dicha gestión. Guardar la reserva de la información suministrada por el consumidor financiero y que tenga carácter de reservada. Atender y dar respuesta oportuna a las solicitudes, quejas o reclamos formulados por los consumidores financieros. Permitir a sus clientes la consulta gratuita, al menos una vez al mes, por los canales que la entidad señale, del estado de sus productos y servicios. Disponer de los medios electrónicos y controles idóneos para brindar eficiente seguridad a las transacciones, a la información confidencial de los consumidores financieros y a las redes que la contengan. Colaborar oportuna y diligentemente con el Defensor del Consumidor Financiero, las autoridades judiciales y administrativas y los organismos de autorregulación en la recopilación de la información y la obtención de pruebas, en los casos que se requieran. No requerir al consumidor financiero información que ya repose en la entidad vigilada o en sus dependencias, sucursales o agencias, sin perjuicio de la obligación del consumidor financiero de actualizar la información que de acuerdo con la normatividad correspondiente así lo requiera. Desarrollar programas y campañas de educación financiera a sus clientes sobre los diferentes productos y servicios que prestan, obligaciones y derechos de estos y los costos de los productos y servicios que prestan.
Protección al consumidor financiero
Consulte aquí toda la información relacionada con la Protección al Consumidor Financiero.