Condiciones para acceder al producto
El Comercio debe solicitar su tarjeta de crédito Comercios en la oficina donde tiene radicada su cuenta corriente.
Documentación requerida
Persona Natural
- Solicitud de Crédito.
- Pagaré.
- Fotocopia del documento de identificación del Propietario o del Representante Legal.
- Declaración de Asegurabilidad.
- Certificado de Cámara de Comercio original con vigencia no mayor a 30 días.
- Fotocopia del RUT.
- Declaración de Renta último año.
- Si no declara, Certificado de No Declarante o declaración del pago de IVA de últimos 3 bimestres.
- Reporte de Información Básica (RIB).
- Estados Financieros (PyG y Balance) a corte de últimos 2 años y el más cercano al último corte con sus notas (si aplica).
- Anexo de Vinculación.
- Anexo a la solicitud de crédito y/o solicitud de desembolso.
Persona Jurídica
- Solicitud de Crédito.
- Pagaré.
- Fotocopia del documento de identificación del Propietario o del Representante Legal.
- Certificado de Cámara de Comercio original con vigencia no mayor a 30 días.
- Declaración de Renta último año.
- Si no declara, Certificado de No Declarante o declaración del pago de IVA de últimos 3 bimestres.
- Reporte de Información Básica (RIB).
- Estados Financieros (PyG y Balance) a corte de últimos 2 años y el más cercano al último corte con sus notas (si aplica).
- Anexo de Vinculación.
- Anexo a la solicitud de crédito y/o solicitud de desembolso.
- Declaración de renta del último año del 51% de los socios mayoritarios de la empresa.
Canales para acceder al producto
En cualquier oficina del banco a nivel nacional.
Ver Tasas y Tarifas
Fórmula de cálculo de costos
Pago Mínimo
El pago mínimo se distribuirá de la siguiente manera:
- Intereses de Mora.
- Intereses corrientes.
- Cobros administrativos, tales como cuota de manejo, seguros, transacción por avances, entre otros.
- Abono proporcional al saldo de la deuda según plazo diferido.
- Cualquier monto adicional por encima del pago mínimo se aplicará como abono a capital al uso más antiguo.
Abonos extraordinarios
Los abonos extraordinarios se podrán hacer a transacciones específicas como abono dirigido, siempre que se haya cancelado previamente el pago mínimo, o al saldo de la deuda en cuyo caso se abonará al uso más antiguo.
Derechos del cliente
Sin perjuicio de los derechos consagrados en otras disposiciones, el cliente tendrá todos los derechos consagrados en la Ley 1328 de 2009.
Obligaciones del Cliente
- Realizar los pagos conforme a lo acordado.
- Actualizar por lo menos una vez al año la información suministrada.
- En el evento de no recibir oportunamente el estado de cuenta debe reclamarlo o solicitar la información concerniente a su facturación, sin omitir el pago de sus obligaciones.
- Cumplir las demás obligaciones contempladas en la Ley 1328 de 2009.