Contratos y reglamentos
Consecuencias derivadas del incumplimiento
- Si el CDAT Virtual no es redimido en la fecha de su vencimiento por el titular, se prorrogará de manera automática por periodos iguales al inicialmente pactado y se aplicará la tasa de interés vigente en Davivienda, para inversiones similares en el momento de producirse su prórroga.
- Si Davivienda decide no prorrogar y, en consecuencia, redimir el CDAT Virtual a a su vencimiento, trasladará los valores correspondientes a capital e intereses pendientes a la cuenta del titular del CDAT Virtual, de donde se realizó el débito para la constitución de la Inversión. Si el legítimo titular, antes del vencimiento del CDAT Virtual hubiere informado a Davivienda su decisión de no prorrogarlo, por medio de www.davivienda.com, en los días correspondientes al trámite, el importe del mismo quedará a su disposición; en la cuenta del titular donde se realizó el débito para la constitución de la inversión; a partir de su vencimiento sin que por ello genere rendimiento alguno.
- Encuentre esta información detallada en el Contrato CDAT Virtual.
- Reglamento vigente a partir del 11 de febrero de 2017.
Preguntas frecuentes
1.¿Qué es un CDAT Virtual?
- Es una opción de ahorro e inversión que puede cancelar o reinvertir desde la comodidad y seguridad de su casa u oficina, a través de www.davivienda.com Desde el 8 de Febrero los clientes pueden invertir en CDT Móvil.
2.¿Qué clases de CDAT Virtual ofrece Davivienda?
- Tasa fija: Opción de inversión que le reconoce rendimientos a una tasa de interés fija según el plazo y monto pactado.
3.¿Cuál es el monto mínimo para la Reinversión del CDAT Virtual?
- El monto mínimo es de $500.000 pesos.
4.¿Cuál es el plazo mínimo para la reinversión del CDAT Virtual?
- El plazo mínimo es de 30 días.
5. ¿En qué plazos puedo escoger el pago de los rendimientos?
- Mensual, trimestral, semestral, anual o único pago al vencimiento.
6. ¿El CDAT Virtual puede tener más de un titular?
- No, el CDAT Virtual no es negociable, endosable o fraccionable.
7. ¿Dónde puedo consultar las tasas vigentes para el CDAT Virtual?
- Se pueden consultar en www.davivienda.com en el link Tasas y Tarifas.
8. ¿Puedo redimir mi CDAT Virtual antes de la fecha de vencimiento?
- No, usted no podrá cancelar o redimir su CDAT Virtual antes del vencimiento.
9. ¿Cuándo puedo redimir mi producto?
- Usted puede redimir su CDAT Virtual en la fecha de vencimiento o en los dos días hábiles de gracia siguientes.
10. ¿Qué pasa si no redimo mi CDAT Virtual?
- Se renovará automáticamente con las mismas condiciones pactadas y la tasa de interés vigente en ese momento definida por Davivienda.
11. ¿Cuándo puedo reinvertir en mi CDAT Virtual?
- Usted puede reinvertir en su CDAT Virtual en la fecha de vencimiento o en los dos días hábiles de gracia siguientes.
12. ¿Por tener una CDAT Virtual, debo pagar algún impuesto?
- Si, se debe tener en cuenta la retención en la fuente, que corresponde al 4% sobre los rendimientos.
13. ¿Dónde puedo reclamar mis rendimientos y/o redimir mi CDAT Virtual?
- Los rendimientos serán consignados en la cuenta asociada del titular del CDAT Virtual automáticamente, de acuerdo a la periodicidad de pago que el titular escoja. Para la redención del CDAT Virtual deberá ingresar en la fecha de vencimiento o en los dos días hábiles de gracia siguientes a www.davivienda.com, donde podrá realizar dicha transacción.
14. ¿Puedo negociar el CDAT Virtual?
- No, el CDAT Virtual no es negociable, endosable o fraccionable.